CFDI Factura de CONAPESCA

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Jesus Castelo
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CFDI Factura de CONAPESCA

Mensajepor Jesus Castelo » Mié Abr 25, 2018 1:29 pm

Alguien tiene algún ejemplo de facturas en las que se muestre el estimulo fiscal (descuento) ? según yo es un simple descuento pero no me dan los números a como los maneja EdenRed en su ejemplo.

Así es como dicen ellos debe calcularse la factura, especialmente el punto 4 (Adjunto XML de como me quedo a mi pero no coinciden el subtotal y el IVA al ejemplo), no es necesario que lean todo el rollo jaja, lo pongo para dar los detalles, gracias por su tiempo:

CFDI Descuento CONAPESCA.xml
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1. La SHCP fija mensualmente el estímulo a la tarifa o cuota impositiva sobre gasolina
menor a 92 octanos y diésel.

2. Tomando como ejemplo y para fines ilustrativos el acuerdo 30/2017 por el que se
dan a conocer los estímulos fiscales a la gasolina y al diésel en los sectores pesquero
y agropecuario para el mes de abril de 2017, observamos que el porcentaje de
estímulo aplicable es el siguiente:
Combustible Porcentaje de estímulo
Gasolina menor a 92 octanos 61.16%
Diésel 51.96%

3. Por lo anterior, el monto en pesos por litro se traduce de la siguiente manera:
Combustible Monto del estímulo fiscal
Gasolina menor a 92 octanos $2.00
Diésel $2.00

4. Para un mejor entendimiento de nuestra postura a continuación desglosamos un
ejemplo, considerando una enajenación de 5 litros de gasolina menor a 92 octanos:
Paso 1. Determinación del precio máximo sin estímulo: 15.54 x 5 litros = 77.70
pesos
Paso 2. Se determina el IEPS del artículo 2-A (entidades federativas 2017) que no
grava IVA: .38 x 5 litros = 1.90 pesos
Paso 3. Determinación del estímulo por los litros enajenados: 2 x 5 = 10.00 pesos
Paso 4. Se determina el precio después de aplicar estímulo: 77.70 – 10.00 = 67.70
Paso 5. Se disminuye del precio después de aplicar estímulo, el IEPS del artículo 2-A:
67.70 – 1.90 = 65.80
Paso 6. Se determina el IVA del precio obtenido en el paso 5: 65.80 / 1.16 = 56.72 x
16% = 9.08
Paso 7. Se determina el importe sin IVA a mostrar en la factura, incorporando el
IEPS del artículo 2-A: 56.72 + 1.90 = 58.62

5. Datos que consideramos se deben incluir en la factura:

Importe total enajenado al precio máximo: 77.70
Menos:

Estímulo fiscal (descuento) 10.00
Igual:
Precio total de venta a usuario 67.70

6.
Importe sin IVA 58.62
IVA 9.08
Total enajenado a usuario final 67.70

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