Estoy trabajando en validar el atributo TipoCambio del CFDI 3.3 el cual ya es requerido si se usa una moneda distinta de mexico o no reconocida (MXN o XXX) , dice la validacion y cito:
Si el valor está fuera del porcentaje aplicable a la moneda, tomado del catálogo c_Moneda, el emisor debe obtener del PAC que vaya a timbrar el CFDI, de manera no automática, una clave de confirmación para ratificar que el valor es correcto e integrar dicha clave en el campo Confirmacion.
El límite superior se obtiene multiplicando el valor publicado del tipo de cambio por la suma de uno más el porcentaje aplicable a la moneda tomado del catálogo c_Moneda.
El límite inferior se obtiene multiplicando el valor publicado del tipo de cambio por la suma de uno menos el porcentaje aplicable a la moneda tomado del catálogo c_Moneda. Si este límite fuera negativo se toma cero.
El problema esta en que el SAT (para variar) no dice donde va a ser tomado el valor del tipo de cambio publicado. Alguien tiene alguna pista?
Gracias!