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Facturacion, Validacion, Addendas, Librerias de programacion, etc.
CARTA PORTE V3.1
ECODEX TIENE ESTOS NUEVOS DATOS DE CONTACTO :
Comercializacion y Ventas - Evelia Vicke evicke@ecodex.com.mx 33-16-03-03-48
Soporte - Humberto Guerrero soporte@ecodex.com.mx 33-34-90-46-03
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CANCELACION 2022
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- Registrado: Dom Ago 18, 2013 6:36 pm
Re: CANCELACION 2022
perdon.
estoy en san luis potosi capital.
gracias
estoy en san luis potosi capital.
gracias
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- Mensajes: 76
- Registrado: Dom Ago 18, 2013 6:36 pm
Re: CANCELACION 2022
efectivamente se usa la misa hora de la cd. de mexico
quedo en espera de tu comentario.
gracias
quedo en espera de tu comentario.
gracias
- Dado
- Mensajes: 15954
- Registrado: Mar Jul 06, 2010 7:56 pm
Re: CANCELACION 2022
ADDENDAS? VALIDACION? CODIGO PARA PROGRAMAR TU PROPIA SOLUCION? TODO LO TENEMOS EN WWW.VALIDACFD.COM VISITANOS !!
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- Registrado: Dom Ago 18, 2013 6:36 pm
Re: CANCELACION 2022
Muchas gracias por la pronta Respuesta.
Te comento que retrase la fecha del servidor y efectivamente ya trato de hacer la cancelacion, sin embargo me tope con que le UUID
que se esta enviando a cancelar fue timbrado por el PAC de respaldo y pues ECODEX dice no encontrarlo
puras fallas, y ahora comercio digital que no cancela pero si timbra y nos deja atrapados los UUID para cancelarlos.
el cliente se comienza a desesperar por tener que estar entrando al SAT a cancelar, y lo malo es que no es solo un cliente son muchos
que esperanzas hay de que el PAC de respaldo habilite ya sus cancelaciones y todo pueda fluir como antes
Gracias.
- Dado
- Mensajes: 15954
- Registrado: Mar Jul 06, 2010 7:56 pm
Re: CANCELACION 2022
Comercio Digital SI tiene ya la nueva cancelacion, lo que no tiene es el timbrado
Es decir, alrevez de como lo comentas, que error te marca cuando tratas de cancelar con Comercio Digital (aka PAC de Respaldo?)
[Actualizacion-Comercio Digital PAC ya esta timbrando en produccion]
Es decir, alrevez de como lo comentas, que error te marca cuando tratas de cancelar con Comercio Digital (aka PAC de Respaldo?)
[Actualizacion-Comercio Digital PAC ya esta timbrando en produccion]
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- Registrado: Dom Ago 18, 2013 6:36 pm
Re: CANCELACION 2022
hola muchas gracias por tu paciencia y ayuda.Dado escribió:Comercio Digital SI tiene ya la nueva cancelacion, lo que no tiene es el timbrado
Es decir, alrevez de como lo comentas, que error te marca cuando tratas de cancelar con Comercio Digital (aka PAC de Respaldo?)
Te comento que como bien lo comentas y recomiendas, ya comenzamos a cancelar con la nueva libreria y con la anterior timbramos;
al revisar lo que publicas sobre la cancelacion.
[Parametros]
Certificado=
LlavePrivada=
ClaveLlave=
PAC=ECODEX
[ECODEX]
Servicio=Prueba (cuando ya este en produccion debera usar "Produccion")
RFC=
UUID=
Motivo=
FolioSustitucion=
solo se hizo para el .ini de ECODEX y no se hizo para el pac de respaldo. desde ahi con el pac de respaldo ya que
no nos permitia la cancelacion nueva.
Pero ya quedo todo listo. ya se puede cancelar sin problema de los dos PAC.
Muchas gracias nuevamente.
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- Mensajes: 73
- Registrado: Vie Dic 10, 2010 5:18 pm
Re: CANCELACION 2022
Buena tarde, estoy tratando de consultar el estado de una factura 4.0 , ya intente timbrandolo con los dos pac y el resultado es el mismo , este es mi ini
alguien sabe por que siempre regresa 602 - no encontrado?, alguien ya logro consultarl el estado?
saludos
Código: Seleccionar todo
[ConsultaEstatus]
Servicio=prueba
RFCEmisor=EKU9003173C9
RFCReceptor=CBO1305294U9
Total=5460.53
UUID=D3398895-43D3-9C44-9849-8C757170BCEF
[Parametros]
Bitacora=C:\Users\VIRTUA~1\AppData\Local\Temp\bitacora de proceso.txt
ErrorCad=||N - 602: Comprobante no encontrado.||No Encontrado||||
ErrorExt=||N - 602: Comprobante no encontrado.||No Encontrado||||
[EstatusResult]
CodigoEstatus=N - 602: Comprobante no encontrado.
EsCancelable=
Estado=No Encontrado
EstatusCancelacion=
ValidacionEFOS=
saludos
- Dado
- Mensajes: 15954
- Registrado: Mar Jul 06, 2010 7:56 pm
Re: CANCELACION 2022
Con dificultad el SAT funciona con datos REALES
Mas dificil va a hacer pruebas 100% positivas con el RFC de prueba en ambiente de prueba.
Tu prueba fue un exito!!!, hiciste la llamada a la funcion de la DLL, esta se envio al web service, en el ini estan todos los datos, no hay error por ese lado y lo mejor, SI OBTUVISTE UNA RESPUESTA mas o menos satisfactoria, y ademas no hubo "Access Violations", no hubo "404 - not found" no hubo "fatal exepcion found" etc
Si se encontro o no, que importa!!
Con obtener una respuesta deberia ser suficiente para las pruebas, es muy mi humilde opinion.
Ahora que si insistes, mejor intenta con una factura REAL, ademas es solo consulta, no hace ningun daño fiscal consultarlo
Mas dificil va a hacer pruebas 100% positivas con el RFC de prueba en ambiente de prueba.
Tu prueba fue un exito!!!, hiciste la llamada a la funcion de la DLL, esta se envio al web service, en el ini estan todos los datos, no hay error por ese lado y lo mejor, SI OBTUVISTE UNA RESPUESTA mas o menos satisfactoria, y ademas no hubo "Access Violations", no hubo "404 - not found" no hubo "fatal exepcion found" etc
Si se encontro o no, que importa!!
Con obtener una respuesta deberia ser suficiente para las pruebas, es muy mi humilde opinion.
Ahora que si insistes, mejor intenta con una factura REAL, ademas es solo consulta, no hace ningun daño fiscal consultarlo
ADDENDAS? VALIDACION? CODIGO PARA PROGRAMAR TU PROPIA SOLUCION? TODO LO TENEMOS EN WWW.VALIDACFD.COM VISITANOS !!
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- Registrado: Vie Dic 10, 2010 5:18 pm
Re: CANCELACION 2022
Gracias Dado por la aclaracion, para mi si es importante que me regrese los estados correctos, por que en base a esos estados mi aplicacion bloquea o prosigue con el proceso segun el estado en el que se encuentre la facturaDado escribió:Con dificultad el SAT funciona con datos REALES
Mas dificil va a hacer pruebas 100% positivas con el RFC de prueba en ambiente de prueba.
Tu prueba fue un exito!!!, hiciste la llamada a la funcion de la DLL, esta se envio al web service, en el ini estan todos los datos, no hay error por ese lado y lo mejor, SI OBTUVISTE UNA RESPUESTA mas o menos satisfactoria, y ademas no hubo "Access Violations", no hubo "404 - not found" no hubo "fatal exepcion found" etc
Si se encontro o no, que importa!!
Con obtener una respuesta deberia ser suficiente para las pruebas, es muy mi humilde opinion.
Ahora que si insistes, mejor intenta con una factura REAL, ademas es solo consulta, no hace ningun daño fiscal consultarlo
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- Registrado: Mié Jul 17, 2013 9:19 am
Re: CANCELACION 2022
Cancelación de REPs
Estoy unificando los procesos del programa y encuentro con una situación donde supongo que no estoy entendiendo algo, que me falta saber un detalle, y quiero consultar con la comunidad usando un ejemplo...
Ejemplo:
1. Emisor timbra Factura 1, por un total de $116, método de pago PPD, el 01/03/2022
2. Emisor timbra REP 1, correspondiente al pago de la factura 1, por $116. Forma de pago efectivo, el 05/03/2022
3. Se detecta un error y hay que cancelar REP 1 (porque la forma de pago era transferencia electrónica, por ejemplo)
Procedimiento: (Aquí mis dudas) Entiendo que SAT lo exige así
1. Timbrar REP 2
2. Asociar REP 1 a REP 2
3. Cancelar REP 1
¿Esto es correcto?
Problemas con este procedimiento:
A. Cuestiones informáticas internas:
Para determinar los valores para "Saldo Anterior", "Saldo Pagado" y "Saldo insoluto", se deben realizar consultas sobre todos los REPs TIMBRADOS VIGENTES ANTERIORES.
B. (ME PREOCUPA MUCHO) - Un error del sistema de información en general:
Superado el problema A sucederá lo siguiente:
* En un determinado momento existirán 2 REPs timbrados vigentes para una misma factura.
* Contable y fiscalmente existirá "un doble pago", situación que se mantendrá hasta el momento en que se cancele el REP 1
* Los CFDIs dejan de ser exactos para determinar, por ejemplo, Cuenta por Cobrar.
Seguramente estoy razonando mal. Mis dudas son:
1. ¿El único motivo de cancelación de un REP es el "01 - Emitidos con errores con relación"?
2. ¿Debo timbrar primero REP 2, luego asociarle REP 1 y finalmente cancelar REP 1, o puedo cancelar primero y REP 1 y luego timbrar REP 2?
3. ¿Cuál es el procedimiento "modulo SAT" de cancelación de REPs?
Estoy unificando los procesos del programa y encuentro con una situación donde supongo que no estoy entendiendo algo, que me falta saber un detalle, y quiero consultar con la comunidad usando un ejemplo...
Ejemplo:
1. Emisor timbra Factura 1, por un total de $116, método de pago PPD, el 01/03/2022
2. Emisor timbra REP 1, correspondiente al pago de la factura 1, por $116. Forma de pago efectivo, el 05/03/2022
3. Se detecta un error y hay que cancelar REP 1 (porque la forma de pago era transferencia electrónica, por ejemplo)
Procedimiento: (Aquí mis dudas) Entiendo que SAT lo exige así
1. Timbrar REP 2
2. Asociar REP 1 a REP 2
3. Cancelar REP 1
¿Esto es correcto?
Problemas con este procedimiento:
A. Cuestiones informáticas internas:
Para determinar los valores para "Saldo Anterior", "Saldo Pagado" y "Saldo insoluto", se deben realizar consultas sobre todos los REPs TIMBRADOS VIGENTES ANTERIORES.
B. (ME PREOCUPA MUCHO) - Un error del sistema de información en general:
Superado el problema A sucederá lo siguiente:
* En un determinado momento existirán 2 REPs timbrados vigentes para una misma factura.
* Contable y fiscalmente existirá "un doble pago", situación que se mantendrá hasta el momento en que se cancele el REP 1
* Los CFDIs dejan de ser exactos para determinar, por ejemplo, Cuenta por Cobrar.
Seguramente estoy razonando mal. Mis dudas son:
1. ¿El único motivo de cancelación de un REP es el "01 - Emitidos con errores con relación"?
2. ¿Debo timbrar primero REP 2, luego asociarle REP 1 y finalmente cancelar REP 1, o puedo cancelar primero y REP 1 y luego timbrar REP 2?
3. ¿Cuál es el procedimiento "modulo SAT" de cancelación de REPs?